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2.

Convalidaciones

Los siguientes son los requisitos que deben cumplir los estudiantes que requieran convalidar su título:

  1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.

  2. Fotocopia del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado o apostillado, por vía diplomática. 

  3. Original o copia del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios. El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados o apostillados por vía diplomática.

  4. En el evento de no contar con el certificado de calificaciones o el plan de estudios o no haberlos legalizado, podrán ser remitidos directamente por la institución de educación superior otorgante del título al Ministerio de Educación Nacional.

  5. Los documentos señalados en los numerales 2 y 3 que se encuentren en un idioma distinto del castellano, deberán ser traducidos por traductor o interprete oficial, reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los términos del Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil.

  6. Para maestrías y doctorados se aconseja entregar copia electrónica del trabajo de investigación o tesis doctoral. En caso de que la solicitud deba ser resuelta por el criterio de evaluación, el evaluador podrá solicitar tal documento. Debe presentar los documentos requeridos en una carpeta celuguía debidamente legajados.

Nota

 

El trámite de legalización y apostilla se realiza ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o la entidad encargada de este trámite en el país de origen; o en su defecto para los países que no pertenecen a la Convención de La Haya, legalizados por el Cónsul de Colombia en el país de origen y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

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